sábado, 14 de julio de 2018

El final del Círculo Rojo


 Por Norma Estela Ferreyra: 

Hace casi dos años, pregunté qué era el círculo rojo y alguien, muy entendido en el tema, me contestó que eran los que tomaban las decisiones: políticos, periodistas, jueces, empresarios, sindicalistas, economistas, pensadores etc. En otras palabras, que era el "poder neoliberal sionista internacional”.
Posteriormente, en diario Perfil, el propio Macri lo describe como distintas personas “del mundo” del hacer, del pensar.  O sea, la visión de la realidad del "círculo rojo" frente a la del ciudadano común o sea, del pueblo que lo votó.

Pero, resulta que este conflicto de intereses entre poderes extraños al poder popular, ha creado un malestar creciente en los países de América Latina, como Honduras, Paraguay, Ecuador, Brasil y Argentina, donde este círculo Rojo, saqueando sus salarios, dejándolo sin comer, sin educación, sin salud,, etc., y fomentando un creciente desempleo, junto a tarifas impagables generalizadas que logran un caos social, donde el hambre se consolida en los más necesitados, cuyo número aumenta, abrumadoramente, con consecuencias nefastas.
Los pueblos en los países latinoamericanos, enfrentan la injerencia extranjera y los mandatos del neoliberalismo salvaje, pretendiendo convertirnos, en los países de medio oriente con las consecuencias de su criminalidad, que hoy vemos con nuestros propios ojos.

Nacimos como país, el 9 de Julio de 1816 y aún hoy los ingleses, norteamericanos e Israel, continúan tratando de gobernarnos pero, con invasiones territoriales, en forma descarada, pero ayudados desde adentro, por vendepatrias, designados como Ministros o funcionarios, que pertenecen al llamado “círculo Rojo del Poder” y que “dicen asesorar” a  Macri (algo que da risa)

Pero la hora de los pueblos ha llegado. Más temprano que tarde, tendremos que empoderar a los pueblos y reformar la Constitución Nacional, como ya lo han hecho algunos países latinoamericanos, para ser libres de la mafia extranjera y nacional, como lo fue Menem, De la Rúa y lo es Macri, para referirme sólo a algunos. Debemos soñar con una reforma Constitucional que contemple la Creación de una Asamblea Nacional  y de otras cosas como, por ejemplo, estas:

a)            El territorio no podrá ser jamás cedido, traspasado, arrendado, ni en forma alguna enajenado, ni aun temporal o parcialmente, a Estados extranjeros u otros sujetos de derecho internacional.
b)           El espacio geográfico del país es una zona de paz. No se podrán establecer en él bases militares extranjeras o instalaciones que tengan de alguna manera propósitos militares, por parte de ninguna potencia o coalición de potencias.
c)            Los Estados extranjeros y los sujetos de derecho internacional sólo podrán adquirir inmuebles para sedes de sus representaciones diplomáticas o consulares, con las limitaciones que establezca la ley., quedando siempre a salvo la soberanía nacional. Las tierras baldías existentes en las dependencias federales y en las islas fluviales o lacustres no podrán enajenarse, y su aprovechamiento sólo podrá concederse en forma que no implique, directa ni indirectamente, la transferencia de la propiedad de la tierra. 
d)           Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos  que lo ordenen o ejecuten, incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores.
e)           El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El poder Judicial, será independiente del Poder ciudadano, se nombrará por sorteo entre los que rindan en la universidad como Jueces y duraran en su cargo un período máximo de 10 años, con tope de edad en 70 años, Podrán ser destituidos por la Asamblea Popular con previo juzgamiento del Poder Popular Judicial,  compuesto por sorteo de por lo menos 30 jueces de todo el país.
f)            La celebración de los contratos de interés público nacional requerirá la aprobación de la Asamblea Nacional en los casos que determine la ley.
g)            No podrá celebrarse contrato alguno de interés público municipal, estadal o nacional, o con Estados o entidades oficiales extranjeras o con sociedades no domiciliadas en nuestro país, ni traspasarse a ellos sin la aprobación de la Asamblea Nacional. La ley puede exigir en los contratos de interés público determinadas condiciones de nacionalidad, domicilio o de otro orden, o requerir especiales garantías.
h)           En los contratos de interés público, si no fuere improcedente de acuerdo con la naturaleza de los mismos, se considerará incorporada, aun cuando no estuviere expresa, una cláusula según la cual las dudas y controversias que puedan suscitarse sobre dichos contratos y que no llegaren a ser resueltas amigablemente por las partes contratantes, serán decididas por los tribunales competentes de la República, de conformidad con sus leyes, sin que por ningún motivo ni causa puedan dar origen a reclamaciones extranjeras.
i)             El régimen y administración de las minas e hidrocarburos, el régimen de las tierras baldías, y la conservación, fomento y aprovechamiento de los bosques, suelos, aguas y otras riquezas naturales del país.
j)             El manejo de la política de fronteras con una visión integral del país, que permita la presencia de la argentinidad, el mantenimiento territorial y la soberanía en esos espacios.
Estas ideas, fueron tomadas de otras Constituciones vigentes, sin perjuicio de otras, que el Poder Popular pueda aportar con asesores especializados en cada materia.
normaef10@hotmail.com

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