Por Iván Oliver Rugeles:
Luis Britto García,
en su reciente artículo bajo el título ¡ Gasolina !*, tema ese de muchísima
actualidad en nuestra Venezuela, debido a que después de varias semanas sin el
preciado líquido y en el marco del proceso de su distribución, luego de la
llegada de los cinco buques cargados del mismo y de otros muy específicos
aditamentos que se requieren para seguir produciéndolo en el país, que nos
enviaron nuestros hermanos iraníes, él nos recuerda que para 2014, PDVSA
producía 3.274.000 barriles de petróleo por día…
Esa producción se vino en picada paulatinamente, hasta que
llegó a un nivel tan bajo, que la Empresa hasta perdió su capacidad de
satisfacer la demanda interna de la gasolina. Nos dice Britto, que los
venezolanos no supimos si ello sucedió por la culpa “de infiltrados
neoliberales que la desmantelaron a la empresa por dentro para “justificar” una
eventual privatización”, para agregar, seguidamente, que “Nos explican que la
mala gerencia de su presidente precipitó la calamidad. Nos preguntamos cómo una
sola persona pudo hacer tanto daño durante tanto tiempo sin que otras autoridades
se dieran cuenta y adoptaran los correctivos indispensables.”
Efectivamente, desde nuestra óptica vemos eso como algo
realmente increíble que tal catástrofe a nuestra primera y más importante
industria, le haya sucedido, pero todo apunta, al parecer, -sin la menor duda-
a que por allí se explica su debacle (en esa línea llovieron las denuncias de
unos y de otros, de que, entre parientes, compinches y compadres, la dejaron
sin un cobre y en el suelo).
Coincidimos con Britto, cuando agrega que la conclusión (de
esa realidad) atañe al sector público venezolano, y más aún es nuestra
coincidencia con él, cuando sugiere que dicha realidad seguirá reiterándose,
allí mismo, en el sector petrolero y en el resto de los cientos de entes
estatales, en tanto, como reiteradamente lo viene diciendo: “no se adopten
controles externos previos, concomitantes y posteriores de la gestión de la
Administración central, estadal, municipal, autónoma, de las fundaciones,
comunas y de las empresas del Estado, a fin de verificar el efectivo
cumplimiento de objetivos, metas y programas presupuestados.”
Por supuesto que ante un nuevo llamado de uno de los mayores
exponentes de la intelectualidad venezolana del momento que vivimos, para que
se fortalezcan en el país los mecanismos de contraloría, sobre la base de
incorporarle a la respetiva legislación los dispositivos necesarios que hagan
posible la práctica obligante del ejercicio de los controles previos externos,
no podíamos nosotros dejarlo pasar, sin expresar nuestro mayor respaldo a su
propuesta, que no es nada nueva, la viene exigiendo desde hace largo rato, en
primer lugar porque, como funcionario de contraloría que lo fuimos durante
muchos años, precisamente en esa área específica del Control, conocemos de la
efectividad de ese instrumento preventivo, por lo que insistir en que dicha
herramienta haga parte de los procesos de contraloría para asegurar y
garantizar la pulcritud en el manejo de los dineros públicos, es nuestra
obligación transmitirlo y, luego, porque vemos en ello, una maravillosa cruzada
que debemos todos los venezolanos, con el mayor entusiasmo y más allá de las
diferencias políticas e ideológicas, hacernos parte de la misma o, al menos,
respaldarla y coadyuvar tanto, como podamos, para que, lo más pronto posible,
nuestros Constituyentes tomen la decisión de revisar la Ley Orgánica de la
Contraloría General, de manera que se le incorporen a dicho texto legal, los
dispositivos necesarios que permitan el ejercicio de dichos Controles Previos
al Gasto, y Previos al Pago.
Esa “genial idea”, plasmada en la actual Ley Orgánica de la
Contraloría General (Artículos 35 al 39, ambos inclusive, del Título II,
Capítulo II)**, de que sean los mismos administradores quienes se controlen así
mismos, fue impuesta en la reforma de la Ley de diciembre de 1995, durante el
gobierno de Rafael Caldera II, pero lo sorprendente, debemos decirlo en muy
alta voz, es que desde entonces, a esta fecha, dicha Ley ha tenido dos
reformas, en los años 2001 y 2010, y ese despropósito allí se le dejó que
permaneciera…
¡Eso no puede seguir siendo así…!
Es una real vergüenza, insistimos en ello, que esa
disposición legal que dispone lo siguiente en su artículo 36, continúe allí y
que, en Revolución, añado (con la lógica molestia), no hayamos sido capaces de
modificarla: "Corresponde a las máximas autoridades jerárquicas de cada
ente la responsabilidad de organizar, establecer, mantener y evaluar el sistema
de control interno, el cual debe ser adecuado a la naturaleza, estructura y
fines del ente. “
Es, por lo tanto, una obligación revolucionaria ponerle
término y de forma inmediata a esta perversión legal de nuestra norma mayor de
contraloría…
¡Adelante con eso, Camaradas de la ANC…!!!
ioliverrugeles@gmail.com
Gracias por la mención de mi modesta propuesta, que vengo reiterando hace años, y cuya omisión nos ha reportado tan costosos descalabros en materia hacendística y ética. Todavía es tiempo de reinstaurar los controles necesarios. Luis Britto
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